La sentencia del Tribunal Supremo de 5-2-2014», que afectaba al urbanismo del municipio lucense de Barreiros

La justicia prorroga la agonía del urbanismo provisional en la capital

El TSXG abre un nuevo plazo de 10 días antes de la posible anulación de la norma

  1. SEOANEourense, 21 de junio de 2016

Las normas provisionales que la Xunta de Galicia aprobó en el 2011 para dar un mínimo de cobertura legal a la situación urbanística de la capital, después de que la justicia anulara aquel año el PXOM del 2003 hasta entonces vigente, aún resisten. El Tribunal Superior de Galicia no acaba de decir su última palabra sobre las demandas de nulidad.

En noviembre del 2015 estaba todo listo para que la sala de lo contencioso resolviera acerca de este conflicto, de forma específica sobre el hecho de que se hubieran aprobado las normas por el gobierno gallego con la incorporación de ámbitos privados y sin el trámite de información pública. Optó, sin embargo, por acudir al Constitucional, ante las dudas acerca de la constitucionalidad de la norma urbanística gallega entonces vigente. Y aunque la cuestión no fue admitida a trámite, según resolución con fecha del pasado 10 de mayo, el TSXG ha abierto una nueva vía que permite prolongar la vida de estas normas unas semanas más.

La providencia en la que la sala de lo contencioso da un plazo de diez días para que las partes expresen su opinión, concede un nuevo margen para la normalización del urbanismo ourensano, que pasa por la revisión y aprobación del PXOM, aún no cerrada. La sala, «sin que ello prejuzgue el fallo definitivo», parece indicar que el futuro de las normas está en el aire.

Se somete a las partes, dice, «la posibilidad de estimar el presente recurso por haber sido dictada la disposición impugnada sin ser precedida de un trámite de información pública». Y ello, añade, «con fundamento en lo declarado sobre la necesidad de dicho trámite en la sentencia del Tribunal Supremo de 5-2-2014», que afectaba al urbanismo del municipio lucense de Barreiros y, además, en «en los diversos autos del Tribunal Constitucional, el más reciente de diez de mayo del 2016, que inadmitieron a trámite las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por esta sala».

El contenido de la providencia de la sala de lo contencioso anticipa el fallo, en opinión de alguna de las partes personadas en el contencioso. Creen estas fuentes que la redacción del auto sugiere que, tras este nuevo trámite, las normas serán anuladas.

Lo ocurrido con el ordenamiento urbanístico de Barreiros, que el Tribunal Supremo anuló en contra de la opinión del Tribunal Superior de Galicia, sugiere que este último seguirá la doctrina, máxime después de que el Constitucional no admitiera a trámite la cuestión planteada.